Seguridad social
El derecho de Seguridad Social en Chile se refiere al conjunto de normas y principios que regulan el sistema de protección social que garantiza la satisfacción de las necesidades básicas de las personas y las familias, a través de la cobertura de contingencias y riesgos como la enfermedad, el desempleo, la vejez, la discapacidad, entre otros.
En Chile, el sistema de Seguridad Social se basa en tres pilares: el primero es el sistema de pensiones, que se financia con aportes de los trabajadores y empleadores; el segundo es el sistema de salud, que ofrece servicios de atención médica y hospitalaria tanto por entidades publicas y privadas; y el tercer pilar es el sistema de protección social, que incluye programas de apoyo a las familias y a las personas en situación de vulnerabilidad.
En doctrina se dice que el acceso a la seguridad social es un derecho y el contenido específico de este derecho va a depender de las condiciones sociales, circunstancias económicas y de la eficacia de la justicia social que se dé en un país determinado. Para otros hacen sinónimo este derecho a la seguridad o previsión social.
Naturaleza Jurídica de este Derecho
En la gran mayoría de los países la gestión de la seguridad social pertenece al Estado que lo cumple por sí mismo o por entidades autárquicas vale decir que son autosuficientes, autónomas e independientes. O sea se gobiernan a sí mismas. Por eso este sería un derecho que está en la órbita del derecho público. Además las principales fuentes de este derecho de la seguridad social son las leyes y las resoluciones de organismos públicos por ello también hay que entender que pertenece al derecho público y además porque el fundamento de todo sistema de seguridad social es el reconocimiento de un interés general al que tutela, por ello también es del ámbito del derecho público.
Y el sistema de seguridad social es de carácter autoritario y además le otorga o confiere derechos a los beneficiarios lo cual implica un derecho público subjetivo.
El objeto va variar según sea el mayor o menor grado de evolución del sistema. Pero hay ciertas variantes que se mantienen cualquiera sea el sistema y son la redistribución de la riqueza, la protección contra las contingencias sociales y el bienestar y redención del hombre.
En cuanto al grado de autonomía de este derecho respecto de otras ramas del derecho
Antes de la segunda guerra mundial la tendencia mayoritaria era considerar a la seguridad social como parte integrante del Derecho del Trabajo incluso muchos autores lo consideraban un capítulo más del derecho laboral. No hay duda que esta disciplina nació del derecho del trabajo, pero luego se fue haciendo independiente con principios doctrinarios y reglas jurídicas propias y si analizamos ambas ramas vamos a ver que hay grandes diferencias:
Como causal de diferencia desde el punto de vista sociológico:
El derecho de la seguridad social se ocupa de las contingencias sociales, por su parte el derecho del trabajo se ocupa del trabajador dependiente y subordinado.
En cuanto a los sujetos
Respecto de los sujetos el derecho de la seguridad social abarca a todos los miembros de la sociedad sin interesar o distinguir en categorías por lo tanto aquí entran el asegurado o afiliado, el órgano gestor, los empleadores y el Estado. En cambio en el derecho del trabajo los sujetos son los trabajadores dependientes de un empleador con el cual les une un contrato de trabajo, también las agrupaciones gremiales en la cual se organizan los trabajadores dependientes y el Estado.
En cuanto al objeto de cada una de estas disciplinas, para la seguridad social el objeto son las contingencias sociales y sus consecuencias. Para el derecho del trabajo el objeto es el trabajo dependiente subordinado, la protección y defensa del trabajador ante posibles incumplimientos del empleador y la regulación de las relaciones empleador-trabajador.
Respecto al contenido de cada rama el derecho de la seguridad social comprende las contingencias sociales, los estados de necesidad que estos causan y los instrumentos diseñados para darles cobertura. En el derecho del trabajo el contenido se integra con las relaciones de todas las instituciones relativas al contrato de trabajo así como también la relación colectiva.
Respecto a los fines o prestaciones que otorgan, la seguridad social busca que el hombre sin distinguir si este sea activo o pasivo esté cubierto de las necesidades o sea que se les asegure un nivel de vida adecuado, libre de carencias y de fluctuaciones y en el derecho del trabajo los fines tienden a la protección del trabajo y del salario de manera que el trabajador pueda hacer frente a sus necesidades.