Derecho Civil
El Derecho Civil en Chile es la rama del derecho que regula las relaciones jurídicas entre personas naturales o jurídicas, estableciendo las normas y principios.
Esta rama del derecho regula, entre otras materias, el derecho de familia, el derecho de las personas, el derecho de las obligaciones y los contratos, el derecho de propiedad y el derecho de sucesiones.
En Chile, el Código Civil es la ley fundamental que regula el Derecho Civil y establece las normas y principios que rigen las relaciones jurídicas.
El Código Civil establece, por ejemplo, las normas que regulan el matrimonio, el divorcio, la filiación, el régimen patrimonial del matrimonio, los derechos de las personas, los contratos, las obligaciones, los bienes, la prescripción, la responsabilidad civil, entre otros aspectos.
Además del Código Civil, existen otras leyes y normas complementarias que establecen regulaciones específicas para ciertos aspectos del Derecho Civil.
Por ejemplo, la Ley de Propiedad Intelectual regula los derechos de autor y las patentes; la Ley de Arrendamiento regula los contratos de arriendo de bienes inmuebles, entre otras.
Concepto y definición de Derecho Civil
El Derecho Civil se define como el Derecho Privado común y general; en forma descriptiva, como el conjunto de principios y preceptos jurídicos sobre la personalidad y las relaciones patrimoniales y de familia.
Contenido del Derecho Civil
- Las reglas sobre la personalidad miran a la persona en sí misma; disciplinan la existencia, individualización y capacidad de las personas físicas y morales o jurídicas.
- Las normas sobre la familia; su organización y estado de sus integrantes.
- Reglas sobre el patrimonio; a) Derechos reales y derechos sobre bienes inmateriales. b) Los derechos de obligación, c) derechos de sucesión por causa de muerte.
Evolución del Concepto de Derecho Civil
- Roma: distinguía entre jus naturale (dº común a todos los hombres sin distinción de nacionalidad) y jus civile (dº propio de ciudadanos romanos). // Grecia: ciudad o polis = al concepto actual de Eº. Por lo que por Dº Civil se denominaba todo el Dº vigente; comprendía normas de dº privado y normas de dº público.
- Invasión de los germanos y caída imperio romano de occidente: invasores introducen nuevas normas para organización del Eº. Las normas de Dº público pierden vigencia, reservándose la denominación de jus civile sólo para normas de Dº privado. Se identifica el derecho civil con el derecho privado (en un sentido lato).
- Edad media: dº civil alude al derecho privado romano en oposición al dº canónico (jurisdicción de la iglesia y el Eº conviven).
- Fines Edad Media: el dº civil deja de comprender todo el dº privado pues con als normas consuetudinarias de comercio (mar mediterráneo) surge el dº comercial.
- Edad moderna: mayor desmembramiento del dº privado. Surge el dº procesal dando valor de ley a la práctica forense.
- Edad contemporánea: nuevas segregaciones (ex. Dº laboral). No obstante el dº civil mantiene su carácter de supletorio a todas aquellas relaciones jurídicas que no estén reguladas en ordenamientos especiales o bien en aquello que dichos ordenamientos no regulan.
Importancia del Derecho Civil
- Contenido vasto; disciplina mayor que abarca todas las relaciones jurídicas no tratadas en ordenamientos especiales.
- Carácter supletorio que sirve como elemento de unidad y cohesión para todo el dº privado.
- Sus principios sirven de pauta a los dº especiales
- Sus teorías fundamentales (bienes, personas, hechos y actos jurídicos, etc.) sirven más o menos a los dº especiales.